Reclamar defectos de construcción a una promotora: plazos, garantías y pasos a seguir
Reclamar defectos de construcción a una promotora: plazos, garantías y pasos a seguir
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Comprar una vivienda de obra nueva no deja al comprador desprotegido si aparecen defectos. La Ley de Ordenación de la Edificación fija plazos de garantía que la promotora debe respetar, y son bastante más amplias de lo que la mayoría cree.
Los plazos son tres: un año para los defectos de acabado, tres años para los que comprometen la habitabilidad, como humedades, aislamiento o instalaciones y diez años para los que comprometen la estructura. El cómputo arranca en la recepción de la obra, no desde la entrega de llaves de cada vivienda.
La vía de reclamación empieza por documentar: un dictamen técnico que describa el daño, determine su origen y valore la reparación. Sin prueba técnica no hay nada que sostener ante la promotora ni ante un juez.
Después llega la reclamación extrajudicial, dirigida a la promotora y al resto de agentes de la edificación que corresponda. abogados para reclamar a AEDAS Homes Muchos asuntos se resuelven ahí; cuando no hay acuerdo, siguen en los tribunales apoyados en ese mismo dictamen.
En promociones grandes actuar a través de la comunidad de propietarios suele ser más eficaz y reparte el coste del peritaje.
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